La decisión fue avalada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña y confirma la resolución del Tribunal Oral Federal 2, que había ordenado el decomiso de 111 propiedades con el propósito de cubrir el monto establecido en la condena.
De acuerdo con el fallo, el decomiso se eleva a un total que “al día de aquella resolución ascendía a $684.990.350.139,86”. El tribunal argumentó que las defensas no lograron probar una cuestión federal suficiente que justificara la intervención de la Corte Suprema.
En una de las partes del fallo, el juez Gustavo Hornos subrayó que “el delito no constituye un título legítimo para generar riqueza jurídicamente reconocida” y añadió que el decomiso tiene como objetivo “impedir que el delito rinda beneficios”.
Para los magistrados, los planteamientos de Cristina Kirchner y los demás recursos se limitaron a expresar una discrepancia respecto a la decisión previa, sin demostrar arbitrariedad ni violación de garantías constitucionales. “La sola mención de preceptos constitucionales no basta para la debida fundamentación de los recursos”, destacó Hornos.
En la misma línea, el juez Diego Barroetaveña observó que las defensas “se han limitado a expresar su discrepancia con lo decidido” y enfatizó que los cuestionamientos presentados versaban sobre temas de derecho común, que, como regla, no son objeto de los recursos extraordinarios.
El fallo también desestimó la noción de arbitrariedad en la sentencia. Según la Cámara, las defensas no pudieron demostrar “defectos graves” que pudieran invalidar la decisión judicial.
No obstante, surgió una discrepancia parcial dentro del tribunal. El juez Mariano Borinsky opinó que ciertos planteamientos de Lázaro Báez y de Máximo y Florencia Kirchner merecían ser revisados por la Corte Suprema.
Borinsky indicó que algunos de los bienes decomisados habían sido adquiridos antes del 23 de abril de 2004, fecha considerada como referencia para determinar qué propiedades podrían verse afectadas. Dentro de esos bienes, mencionó departamentos en Río Gallegos y terrenos relacionados con el complejo Los Sauces.
“El decomiso de los bienes indicados se dispuso sin debido sustento normativo”, señaló Borinsky, quien consideró que en esos casos podría haber una afectación al derecho de propiedad y al principio de legalidad.
Sin embargo, esta posición no logró imponerse. Finalmente, por mayoría, la Cámara de Casación declaró inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por todos los imputados y terceros involucrados. El caso queda en condiciones de ser recurrido ante la Corte Suprema, aunque mientras tanto, el decomiso multimillonario dictado en la causa Vialidad permanecerá en vigor.










