A través de la comunicación “A” 8460, el BCRA estableció que se “incorpora al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la ‘Cuenta sueldo'”. Así se permite que las empresas y empleados paguen y reciban salarios en dólares, ya que hasta el momento la normativa bancaria solo habilitaba acreditaciones en pesos en estas cuentas.
Según informaron fuentes oficiales, el BCRA realizó esta actualización para alinearla con la Ley de Modernización Laboral N° 27.802. Esta ley modifica el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, estableciendo que el salario debe ser abonado en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera.
Adicionalmente, se precisó que las cuentas sueldo podrán estar denominadas en pesos o en dólares estadounidenses, siempre que exista un acuerdo entre el empleado y el empleador.
Sin embargo, no se vislumbra, por el momento, una adopción amplia del pago de salarios en dólares. La mayoría de las transacciones en Argentina se siguen realizando en pesos, a pesar de la dualidad monetaria del país, y persisten las restricciones del cepo cambiario que afectan a las empresas.
La nueva normativa también establece que la operación de depósito y extracción de efectivo en las cuentas sueldo en dólares debe realizarse en la sucursal donde está radicada la cuenta. Aunque es posible realizar depósitos y extracciones en dólares en otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio, esto dependerá de la disponibilidad operativa de cada entidad.
Por último, el BCRA aclaró que la exención de cargos para la cuenta sueldo en dólares será válida “hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo”. Esto implica que los bancos no estarán obligados a mantener la gratuidad para los montos que superen el salario establecido.










