Esta decisión rechaza la posición del Gobierno argentino y de la empresa petrolera, quienes habían expresado su oposición a que los fondos Petersen y Eton Park, respaldados por Burford Capital, pudieran emplear datos confidenciales generados durante el proceso de discovery en la corte norteamericana en un eventual pedido de revisión del caso ante dicho tribunal internacional.
La defensa argentina argumentó que esta información se había compartido con el entendimiento de que solo se utilizaría en el procedimiento en Estados Unidos. Se anticipa que el país apelará la resolución emitida por Preska.
“Esta orden prohíbe expresamente la extraordinaria medida que los demandantes buscan”, afirmaron los abogados del Gobierno el 24 de abril. Destacaron que el material obtenido en el discovery “puede ser utilizado ‘únicamente para la tramitación o defensa de estas acciones’ y ‘para ningún otro propósito, incluyendo su uso en otros procesos legales, presentes o futuros’”.
Los demandantes intentan revertir, tanto en el CIADI como en los tribunales de Estados Unidos, la decisión de la Corte de Apelaciones de Nueva York que, a finales de marzo, anuló la condena de primera instancia por un monto de US$16.100 millones contra Argentina por la expropiación de YPF durante el gobierno kirchnerista.
“Sin embargo, la decisión de Preska no modifica el carácter confidencial del material. Inicialmente, solo será accesible para las partes”, expresó Sebastián Soler, ex subprocurador del Tesoro.
Después del fallo de la Cámara de Apelaciones de Nueva York, que dejó sin efecto la condena contra Argentina por la expropiación de YPF en 2012, los demandantes han manifestado su intención de apelar esa decisión en la justicia estadounidense.
Simultáneamente, avanzarán con una presentación ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), la entidad arbitral del Banco Mundial.
El CIADI se ocupa de resolver disputas entre Estados e inversores internacionales, generalmente en el contexto de tratados bilaterales de inversión. En el caso argentino, este organismo ha sido el foco de la mayor parte de los litigios internacionales que ha enfrentado el país en las últimas décadas.
Sin embargo, los laudos emitidos por el CIADI no son de ejecución automática; quienes obtienen una resolución favorable deben recurrir a la justicia, generalmente en Estados Unidos, para su reconocimiento y eventual cobro.










