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Las costosas consecuencias de ignorar las normas de convivencia en CABA

14 agosto, 2026
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Las costosas consecuencias de ignorar las normas de convivencia en CABA
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Es bien sabido que cruzar la calle de manera imprudente, arrojar colillas de cigarrillo al suelo o dejar desechos de mascotas en la vereda no son conductas adecuadas. Sin embargo, es menos conocido que estas acciones pueden acarrear severas sanciones económicas en la Ciudad de Buenos Aires, con multas que pueden alcanzar sumas considerables.

El Código de Faltas de la ciudad (Ley 451) establece penalidades por el incumplimiento de normas de convivencia urbana. Aunque no se trata de delitos penales, el marco normativo prevé multas que pueden ascender hasta los $646.000.000 en situaciones complejas, como la falta de Evaluación de Impacto Ambiental en desarrollos industriales.

En aspectos cotidianos, se establecen sanciones que, aunque son vigentes, se aplican con poca frecuencia. Estas son algunas de las infracciones más comunes:

● Cruzar mal la calle: Hacerlo fuera de la senda peatonal conlleva una multa de $47.500.

● Arrojar colillas en el suelo: Las sanciones oscilan entre $28.000 y $665.000. Esta penalidad también se aplica a quienes fumen en los patios de juegos infantiles en plazas (Art. 1.3.36).

● No levantar las heces del perro: La falta de recogida de los excrementos de mascotas en la vía pública puede costar entre $142.500 y $950.000.

Además, el Código establece exigencias para comercios alimentarios y supermercados:

● Desenchufar heladeras: Interrumpir la cadena de frío puede implicar multas que van de $95.000 hasta $129.200.000 (Art. 1.1.9).

● No exhibir listas de precios: Retirar carteles de precios de las góndolas puede resultar en penalidades de $23.750 a $237.500 (Art. 5.1.4).

● Disposición de basura comercial fuera de horario: Arrojar residuos en la vereda fuera de los días o horarios autorizados conlleva sanciones que van de $665.000 a $5.225.000 (Art. 1.3.9).

● Usar métodos engañosos para alterar la apariencia de alimentos: Aplicar iluminación engañosa, como luces rojas en vitrinas de carnicería, puede costar entre $617.500 y $12.920.000 (Art. 1.1.12).

La normativa también establece obligaciones estrictas para los propietarios de boliches:

● Corte de agua fría en los baños: Inhabilitar el suministro de agua potable en los baños puede resultar en multas de entre $3.230.000 y $9.690.000, sumas que pueden incrementarse a $5.700.000 hasta $16.245.000 si no hay dispensadores de agua gratuitos (Art. 1.2.10).

● Falta de carteles sobre condiciones de ingreso y no discriminación: No mostrar información accesible sobre las condiciones de ingreso y la prohibición de discriminación puede resultar en sanciones entre $285.000 y $32.300.000 (Art. 5.1.6).

● Venta de bebidas alcohólicas a personas en estado de embriaguez: Proveer o tolerar el consumo de alcohol a clientes intoxicados implica multas que van de $285.000 a $617.500 (Art. 4.1.3).

Finalmente, el código regula diversos aspectos de la convivencia en edificios de propiedad horizontal:

● Lavar veredas fuera de horario o sin un sistema de corte: Utilizar mangueras que no cuentan con dispositivos automáticos o baldear la vereda en horarios no permitidos puede acarrear multas de $28.500 a $285.000 (Art. 1.3.23). En estos casos, la penalidad recae en el consorcio de propietarios.

● Acumulación de escombros: Dejar tierra o desechos en la vía pública sin la debida autorización puede ser sancionado con multas que oscilan entre $950.000 y $6.175.000.

● Veredas en mal estado: Mantener aceras con baldosas rotas o en mal estado puede costar entre $190.000 y $5.225.000, aplicándose la multa al consorcio en situaciones de propiedad horizontal (Art. 2.1.14).

● Pintura de cordones sin autorización: Pintar cordones de vereda de amarillo o cualquier otro color para prohibir el estacionamiento puede resultar en sanciones de $475.000 a $2.850.000 (Art. 2.1.25). Si no se puede identificar al responsable en un edificio, la penalidad se imputa al consorcio de propietarios o a los consorcistas de manera solidaria.

Con 12 secciones y más de 300 artículos, el Régimen de Faltas abarca una amplia gama de situaciones. No obstante, la extensión del código contrasta con una realidad donde muchas de las normas más básicas son frecuentemente ignoradas. La necesidad de un extenso catálogo de sanciones para asegurar el cumplimiento de pautas de convivencia que deberían respetarse por sentido común resulta evidente.

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